Control registro de joranada laboral

 

La nueva normativa aprobada por el ejecutivo incluye la obligación por parte de las empresas de registrar la jornada laboral de los trabajadores y guardar dicho registro durante 4 años.

Con sanciones de hasta 6.250€ indicadas como sanción grave a las empresas que incumplan dicha obligación.

En el apartado (noveno) de dicho decreto se determina que el registro de la jornada “deberá incluir el horario concreto de entrada y salida de cada persona trabajadora”.

BOE= https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-3481

Esta tarea, según indica la nueva normativa, deberá ser cumplida por todas las empresas con trabajadores o asalariados a su cargo.

Aunque parece una tarea complicada o laboriosa, nada más lejos de la realizad.

Para optimizar esta tarea y agilizar el proceso las empresas cuentan con un fiel aliado;

Los sistemas electrónicos de control de accesos accesos biométricos, cubren a la perfección con la necesidad de cumplir este nuevo deber para las empresas.

 

Sistemas electronicos de contro de accesos

Los sistemas electrónicos de control de accesos o control de presencia permiten de forma fácil y ágil la recogida de datos de entrada y salida de empleados. 

Incluyendo empresas que por sus necesidades organizativas disponen de diferentes horarios, turnos rotativos y jornadas flexibles, etc.

Lo cual complica enormemente el control riguroso de horarios y las jornadas diarias de cada empleado.

Además, los sistemas de control de accesos permiten que las empresas puedan tener un mejor control de las áreas, aportando si se necesita información de que personas accedieron a determinada área y durante que franja horaria o restringiendo determinadas áreas de acceso solo para personal acreditado o en franjas horarias determinadas.

 

¿Cómo quedan registrados los horarios de los trabajadores?

 

Estos productos electrónicos, permiten de forma fácil y ágil el registro de entrada y salida de cada trabajador de tres formas distintas según necesidad de la empresa;

  • Mediante huella digital.
  • Contraseña táctil.
  • Tarjeta de proximidad.

El trabajador tendrá la obligación de registrar mediante una de estas formas su acceso y salida de las instalaciones diariamente.

El software integrado de que dispone el sistema será el encargado del almacenamiento de estos datos para posterior extracción de dichos registros por el personal acreditado por la empresa si le fuera requerido.

Toda esa información quedara registrada y archivada durante los 4 años tan cual maraca la normativa.

El almacenamiento es riguroso y 100% fiable, permitiendo su posterior visualización o extracción de registros por; periodos, fechas o franjas horarias.